Cual es el calendario y qué autónomos están obligados a hacer la declaración de la renta del ejercicio 2022

La Declaración de la Renta es la forma en que los autónomos liquidan anualmente a Hacienda el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Una vez al año, los trabajadores por cuenta propia, presentan el resultado de la actividad de su negocio, a través de este modelo 100, donde se presenta lo que le toca pagar al autónomo, se compensa con lo que ha ido adelantando a Hacienda, en las trimestrales, mediante retenciones y pagos a cuenta del IRPF.

Obligación de los autónomos de presentar la Renta

Casi todos los profesionales autónomos están obligados a presentar la declaración de la renta. Están obligados los autónomos que hayan tenido un rendimiento neto de su actividad económica de más de 1.000 euros en todo el ejercicio fiscal 2022. Parece bastante fácil superarlo.

Los autónomos que hayan ganado más de 1.000 euros en 2022 están obligados a presentar la Renta

Este rendimiento neto, son los ingresos que hayas obtenido quitándole los gastos deducibles del autónomo, aquellos que puedas justificar, tales como compras de productos, cuotas de autónomos, agua, luz, teléfono, alquiler del local, seguros, etc.

Además, aunque el autónomo no cumpla este requisito, igualmente tendrá que presentar la declaración de la renta si:

  • Supera la cantidad de 1.600 euros anuales en concepto de rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales
  • Supera los 1.000 euros anuales en concepto de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención y/o ganancias patrimoniales, derivadas o no de ayudas públicas.
  • Superar los 500 euros de pérdidas patrimoniales anuales

En la Renta 2023, todos los autónomos estarán obligados

Todo va a cambiar en la declaración del año que viene, la del ejercicio fiscal 2023, que presentarás en el segundo trimestre de 2024.

Con la llegada del nuevo sistema de cotización por ingresos realestodos los autónomos que hayan estado dados de alta, aunque solo estén un día, estarán obligados que presentar la declaración de la renta ganen lo que ganen con su actividad. Esto tendrá que esperar al año que viene.

Calendario y fechas clave de la Declaración de la Renta

La declaración de la renta que toca en este momento es la referente a la actividad económica desarrollada por el autónomo durante todo el año fiscal 2022, que se presenta ahora, en 2023, en función del siguiente calendario:

  • Del 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023, está abierto el plazo para la presentación por Internet de la declaración de la Renta.
  • Del 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023, se permite hacer la declaración y presentarla por teléfono. Para hacerlo de esta forma habrá que solicitar cita previa desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio.
  • Del 1 al 30 de junio de 2023, se permite realizar la presentación presencial con la ayuda de la Agencia Tributaria. Para hacerlo en las distintas sedes de Hacienda habrá que solicitar cita previa desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio.
  • El 27 de junio de 2023 finaliza el plazo para aquellas declaraciones cuyo resultado salga a pagar y se quiera realizar el pago a través de domiciliación bancaria.

En cualquier caso, no debes olvidar que presentar la declaración de la renta no implica necesariamente pagar, ya que te puede salir a devolver si ya, durante el año, has pagado “suficiente” o simplemente por aplicar las deducciones que te corresponden.

Qué pasa si no hago la declaración de la renta: consecuencias y multas

¿Qué pasa si no presento la declaración de la renta?

Hacer la declaración de la renta es obligatorio para las personas con más de 22.000€ de ingresos anuales, percibidos de un sólo pagador. También habrá que declarar si se llegan a ciertos límites al tener dos pagadores o recibimos hasta 1.600€ por rendimientos de capital mobiliario entre otros casos (puedes ver todos los casos desde el enlace anterior).

Solo podría haber consecuencias negativas (multas) en los casos en los que una persona esté obligada a presentar la declaración y no lo haga.

La nueva fecha límite para presentar la declaración fuera del plazo, es de cuatro años desde el día que termina el plazo de presentación del año y declaración en curso.

Si Hacienda durante ese periodo de tiempo hace requerimientos y no son contestados, aplica sanciones. Si por el contrario, transcurren los cuatro años y Hacienda no ha enviado requerimientos ni ningún tipo de notificación, la obligación de hacer la declaración prescribe y no recibirá sanción por ello.


¿Se puede presentar la declaración de la renta fuera de plazo?

Sí, se puede presentar la declaración de años anteriores. La Agencia Tributaria con el fin de que cumplas tu obligación más tarde o más temprano, permite presentar la declaración fuera del plazo establecido. Si se está fuera de plazo hay que hacer la declaración vía online, de la misma manera que si estuviera dentro del tiempo.

Aunque Hacienda permita presentar la declaración, no quedas impune por la demora, ya que se imponen multas y sanciones, de menor o mayor cantidad, dependiendo de factores como:

  • Situación del contribuyente.
  • Resultado de la declaración.
  • Plazo de retraso.

Multa por no hacer la declaración de la renta

Es posible recibir una multa de hacienda por no hacer la declaración en aquellas situaciones en las que tengamos la obligación de declarar al cumplir ciertos requisitos en cuanto a ingresos (aquellos que superen los 22.000€ anuales aunque hay excepciones). Si no la haces tiene consecuencias económicas. Pueden darse varias situaciones a la hora de no presentar la declaración, y dependiendo de ellas, la sanción es mayor o menor.

La principal diferencia de recargo deriva de si el resultado de la declaración es positivo (a pagar) o negativo (a devolver). Si el resultado es positivo, es decir, tienes una deuda con Hacienda y tienes que pagar la cantidad correspondiente. Veamos como quedarían las sanciones en ese caso según se recoge en la Ley General Tributaria (1) .

Recargo por realizar la declaración fuera de plazo sin requerimiento
DemoraRecargo sobre la cantidad a ingresar
Hasta 3 meses5%
De 3 a 6 meses10%
De 6 a 12 meses15%
De 1 año a 4 años20% más intereses de demora
Recargo por realizar la declaración fuera de plazo con requerimiento
Importe liquidaciónRecargo
Del total a pagar con un base inferior a 3.000€50%
Del total a pagar con ocultaciónEntre 50% y 100%
Del total a pagar con fraudeEntre 100% y 150%

Si la declaración es negativa, es decir, Hacienda tiene que devolverte dinero, las sanciones son las siguientes:

  • 100€ si Hacienda no realiza requerimiento porque se establece un 50%, e incluso si no recurres, se aplica un 25%, quedándose en total en 70€.
  • 200€ si hay requerimiento de Hacienda.

¿Qué pasa si la declaración de la renta está mal hecha?

Si te has equivocado a la hora de realizar la declaración de la renta en perjuicio de Hacienda tendrás que realizar una declaración complementaria para rectificar el error y abonar la diferencia de dinero a pagar. Además, se aplicaría la sanción correspondiente (descritas en el anterior apartado).

En caso de que hayas hecho mal la declaración de la renta en tu contra podrás modificarla marcando la casilla 127 de solicitud de rectificación. En este caso no tendrías que asumir ninguna sanción.