¿Eres un consumidor que está pensando en pedir un préstamo hipotecario? Entonces, seguramente, ya estás rodeado de folletos informativos de unos cuantos bancos o cajas de ahorros, con una serie de condiciones estándar.
¿Has mirado varias entidades y ya te has decidido por una? Pues es entonces cuando aparece la famosa oferta vinculante que hoy en día se facilita mediante una Ficha de Información Personalizada (FIPER).
¿Qué es?: Tal y como su nombre indica, es un documento en el que la entidad financiera refleja las condiciones y características del préstamo hipotecario que se compromete a cumplir con su cliente. La emiten las entidades financieras una vez que el consumidor o cliente ya ha mostrado su voluntad de contratar un préstamo hipotecario, se disponga de la tasación del inmueble y se hayan efectuado las oportunas comprobaciones sobre la situación registral de la finca y la capacidad financiera del prestatario. Deben presentarla por escrito, teniendo un plazo de vigencia no inferior a 14 días naturales desde su fecha de entrega, y deben ir firmadas. Aquí ya no hablamos de unas condiciones genéricas, sino que son unas condiciones únicas y exclusivas para ti dependiendo de tu capacidad financiera y el inmueble que vas a hipotecar.
¿Qué contiene?: En la oferta vinculante o FIPER aparecen, entre otros datos, las principales características y condiciones del préstamo que autorizará posteriormente el notario, tales como el capital, el tipo de interés, las bonificaciones al mismo, la cuota que has de pagar todos los meses y cómo puede variar ésta en función de la variación del tipo de interés que hayas pactado, las comisiones aplicables en caso de amortización anticipada, las comisiones en caso de impago, el interés de demora… Así como una explicación detallada de los costes asociados a la operación del préstamo y los compromisos que se adquieren.
¿Para qué sirve?: Permite, de esta manera, que uno tranquilamente en su casa pueda revisar las condiciones, simular cuotas y plantear dudas que surjan antes de ir a la notaría.
¿Me obliga a algo?: Aún no estás obligado a nada. Si hay algo que no te convence, necesitas que te aclaren o con lo que no estás de acuerdo y quieres volver a negociar, no tienes porqué aceptarla, es un documento firmado por la entidad de crédito que le compromete a ella, no a ti.
En cualquier caso, además, tienes derecho a revisar en la notaría el proyecto de la escritura que vas a firmar tres días antes a la fecha prevista para la firma, así podrás comprobar que lo que vas a firmar es lo que figura en la oferta vinculante y plantear al notario las dudas que te surjan, quien te asesora imparcialmente.